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Análisis de los protocolos en el Ecuador para la protección
de la comunidad LGBTIQ+ en prisión
Analysis of protocols in Ecuador for the protection of the LGBTIQ+
community in prison
- Recibido: 2025/04/20 - Aprobado: 2025/05/20 - Publicado: 2025/05/31
Elizabeth Angelica Espinel Centeno
Universidad Indoamérica, Ambato, Ecuador
eespinel2@indoamerica.edu.ec
https://orcid.org/0009-0003-1398-0378
Francisco David Villacís Mogrovejo
Universidad Indoamérica, Ambato, Ecuador
franciscovillacis@uti.edu.ec
https://orcid.org/0009-0008-7302-1634
Resumen
El presente estudio analiza los protocolos y lineamientos existentes en el sistema penitenciario
ecuatoriano respecto a la protección de los derechos y necesidades específicas de la población
LGBTIQ+ (Lesbiana, Gay, Bisexual, Transgénero, Intersexual, Queer) privada de libertad. La
investigación examina el marco normativo actual, las políticas institucionales y su implementación
efectiva en los centros de rehabilitación social del Ecuador. Se emplea una metodología mixta que
incluye revisión documental, análisis de casos y análisis normativos claves del sistema
penitenciario, con el objetivo de identificar brechas existentes entre la normativa y su aplicación
práctica. Los hallazgos evidencian las deficiencias en la aplicación de protocolos para esta
población vulnerable, la falta de capacitación del personal penitenciario en temas de diversidad
sexual y género, así como la persistencia de prácticas discriminatorias. El estudio resalta la
necesidad de fortalecer los mecanismos de protección, actualizar los protocolos existentes y
desarrollar programas de capacitación integral para el personal.
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Palabras clave: Sistema Penitenciario, Población LGBTIQ+, Derechos Humanos, Protocolos
Penitenciarios, Diversidad Sexual.
Abstract
This study analyses the existing protocols and guidelines in the Ecuadorian prison system
regarding the protection of the rights and specific needs of the LGBTIQ+ (Lesbian, Gay, Bisexual,
Transsexual, Intersex, Queer) population deprived of liberty. The research examines the current
normative framework, institutional policies and their effective implementation in social
rehabilitation centres in Ecuador. It employs a mixed methodology that includes documentary
review, case analysis and key regulatory analysis of the penitentiary system, with the aim of
identifying the existing gaps between regulations and their practical application. The findings
highlight the deficiencies in the application of specific protocols for this vulnerable population,
the lack of training of prison staff on issues of sexual diversity and gender, as well as the
persistence of discriminatory practices. The study highlights the urgent need to strengthen
protection mechanisms, update existing protocols and develop comprehensive training
programmes for staff. It concludes with recommendations aimed at improving public policies and
institutional practices that guarantee respect for the human rights of the LGBTIQ+ population in
contexts of deprivation of liberty.
Keywords: Prison System, LGBTIQ+ Population, Human Rights, Prison Protocols, Sexual
Diversity.
Introducción
La vulnerabilidad de la población LGBTIQ+ en el sistema penitenciario representa un desafío
crítico para la garantía de derechos humanos fundamentales, siendo un reflejo de las profundas
inequidades estructurales que persisten en el ámbito de la justicia. A diferencia de países como
Canadá, Países Bajos, Nueva Zelanda, que cuentan con protocolos y garantías individualizados
según su identidad de género, y en América latina países como Argentina que ha implementado
protocolos específicos para la protección de personas LGBTIQ+ en instituciones carcelarias.
Waites, M. (2021)
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Ecuador mantiene una carencia regulatoria que vulnera constantemente a esta comunidad,
sometiéndola a diversos tipos de discriminación y agresiones. Por contraste, las instituciones
penitenciarias canadienses han implementado mecanismos sofisticados para salvaguardar a las
personas LGBTIQ+ en reclusión. Sus elementos distintivos incluyen: Validación jurídica de la
identidad de género, distribución de espacios de reclusión conforme a la identidad auto-
reconocida, salvaguardas contra la discriminación y violencia, disponibilidad de atención médica
especializada, y consideración de nombres y pronombres seleccionados. Esto establece un notable
contraste con naciones como Irán y Emiratos Árabes Unidos, donde la homosexualidad puede
acarrear la pena capital, o Rusia, donde estas expresiones o su difusión pueden resultar en
encarcelamiento. Human, R (2023)
En Ecuador las personas las cuales pertenecen a la comunidad LGBTIQ+ mismas que se
encuentran privadas de libertad enfrentan un sin número de actos de discriminación, violencia y
violaciones a sus derechos fundamentales. Sin un marco jurídico adecuado que contemplen sus
necesidades específicas este grupo de personas quedan en una situación de vulnerabilidad, creando
una situación riesgosa tanto para su seguridad física como mental dentro del sistema penitenciario
ecuatoriano. Andrade, X (2022)
El vacío protocolario que garanticen su seguridad, integridad y dignidad configura un
escenario de constante vulneración, donde el reconocimiento de su identidad de nero y
orientación sexual se ve permanentemente amenazado, ya que hasta la actualidad el Sistema
Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de Libertad (SNAI) su reglamento es
generalizado más no es individualizado en contexto de identidad de género de los reclusos, por lo
tanto se puede decir que existe normativa, más no específica en torno a estos temas.
El problema fundamental se centra en la ausencia de regulaciones específicas que
contemplen las necesidades particulares de las personas LGBTIQ+ en entornos de
encarcelamiento. Esta carencia legislativa genera diversas expresiones de violencia: desde la
designación inadecuada de espacios de confinamiento que ignora la identidad de género, hasta la
vulnerabilidad ante ataques físicos, emocionales y sexuales, incluyendo también la restricción de
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servicios médicos especializados y la carencia de procedimientos para el reconocimiento adecuado
de su identidad.
Numerosas investigaciones, análisis y documentos de entidades protectoras de Derechos
Humanos han registrado las variadas dificultades y obstáculos que afrontan los integrantes de esta
comunidad durante su reclusión a escala mundial, alcanzando niveles de agresión sexual, maltrato
psicológico, obstaculización del acceso a atención sanitaria y deficiencia en la protección efectiva
por parte de los organismos responsables. Es importante destacar que esta situación en el contexto
ecuatoriano presenta una exploración insuficiente, lo que significa que no ha sido examinada con
la profundidad necesaria para alcanzar una significación jurídica adecuada. Cornejo y Pecheny
(2020)
La justificación de esta investigación surge de la imperiosa necesidad de visibilizar un
vacío jurídico que compromete directamente los principios constitucionales de igualdad y no
discriminación. Analizar esta problemática no solo implica un ejercicio académico, sino una
contribución fundamental para la construcción de un sistema de justicia que reconozca la
diversidad como un valor inherente a los derechos humanos. Los conceptos que ofrece la ciencia
jurídica deben ser constantemente replanteados para enfrentar los nuevos desafíos sociales, pues
permanecer en silencio ante estas inequidades convierte al sistema en cómplice de la perpetuación
de la violencia estructural.
Los sistemas penitenciarios tradicionales reproducen violencias sistemáticas contra
personas trans y LGBTIQ+, configurándose como espacios de múltiple vulneración donde la
identidad de género se ve permanentemente amenazada. Spade (2015),
La presente investigación se desarrollará bajo un enfoque cualitativo, privilegiando un
método de investigación descriptivo-analítico que permita comprender en profundidad la
complejidad de la problemática. El objetivo general será: analizar la ausencia de protocolos legales
para la protección de la población LGBTIQ+ en el sistema penitenciario ecuatoriano, teniendo
como prioridad enfatizar los siguientes específicos.
Examinar las principales formas de discriminación que enfrentan este grupo de personas
dentro de nuestro sistema penitenciario; Comparar los protocolos ya existentes de nuestro país con
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algún otro en donde exista una óptima protección de derechos del colectivo LGBTIQ+; y evaluar
el cumplimiento del Estado Ecuatoriano en sus obligaciones internacionales en materia de
Derechos Humanos.
Los instrumentos de recolección de información contemplarán: Revisión documental de
normativas nacionales e internacionales, Entrevistas semiestructuradas a especialistas en derechos
humanos, Análisis de casos y testimonios de personas LGBTIQ+ que han experimentado reclusión
y un Estudio comparativo con marcos normativos internacionales que garantizan protección a esta
población.
El desarrollo de la investigación buscará no solo diagnosticar la problemática, sino
proponer lineamientos concretos que contribuyan a la construcción de un marco normativo
inclusivo y respetuoso de la diversidad sexual y de género en el contexto penitenciario ecuatoriano.
De igual manera cerciorar si en el sistema penitenciario ecuatoriano se cumple o no las
disposiciones existentes en relación al trato de este grupo de personas.
Desarrollo
Garantías constitucionales de las personas privadas de libertad pertenecientes a la
comunidad LGBTIQ+.
En el contexto histórico, Ecuador ha experimentado una evolución significativa en el
reconocimiento de los derechos LGBTIQ+. Desde la despenalización de la homosexualidad en
1997, pasando por la inclusión de la orientación sexual como categoría protegida contra la
discriminación en la Constitución de 1998, hasta llegar a la actual Constitución de 2008, que
amplía significativamente el marco de protección de derechos. Sin embargo, la materialización de
estas garantías en el contexto penitenciario presenta retos particulares que requieren atención
específica.
Si bien es cierto la situación de las personas LGBTIQ+ privadas de libertad en nuestro país
representa de cierta manera una intersección de carácter crítico entre los derechos humanos, y las
garantías constitucionales con la realidad del sistema penitenciario en Ecuador, debido a que “en
algunas ocasiones son vulneradas a reos simples que no pertenecen a esta comunidad, ahora con
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los que pertenecen a esta comunidad se ha evidenciado una vulneración casi total de sus derechos,
teniendo en primer lugar como lo es la discriminación.” (Alvarado Valencia, 2021. Pg. 147)
Según Jácome (2021), argumenta que, nuestra constitución establece un paradigma de
naturaleza garantista mismo que reconoce de manera explícita los derechos de las personas de la
comunidad LBTIQ+, incluyendo aquellas que se encuentran privadas de libertad.
Este concepto toma relevancia ya que considerando que nuestro país desde su constitución
del 2008, se define como un Estado constitucional de derechos y justicia, por lo tanto, garantiza el
derecho a la igualdad y no discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género.
Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo,
identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación
política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación
sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia sica; ni por cualquier otra
distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado
menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará
toda forma de discriminación. (Constitución de la República del Ecuador, 2008, Art 11)
De acuerdo con lo que expresa nuestra carta magna se evidencia el principio de igualdad y
no discriminación, sin embargo queda una brecha que es notable hoy en la actualidad.
Cuando hablamos de la población de la comunidad LBGTIQ+ en prisión nos estamos
enfrentando posiblemente a casos donde se puede evidenciar doble vulnerabilidad, ya que
por un lado se encuentran privados de su libertad en el contexto penitenciario y por otro la
discriminación histórica y estructural que se basa de acuerdo con sus orientaciones sexuales
como lo es también por su identidad de nero, dando como resultado una población
vulnerable tanto a nivel social como psicológico.
Por otra parte, La Defensoría del Pueblo del Ecuador (2020), ha enfatizado y ha reiterado
de forma directa que el Art. 11 inciso 2 de la constitución prohíbe específicamente la
discriminación por orientación sexual y de género, estableciendo así una base fundamental para la
protección de los derechos de esta comunidad.
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El derecho a la integridad personal es una de las garantías constitucionales que se destacan
en el ámbito de la protección de los derechos de las personas LGBTIQ+, el Art. 66 de la
Constitución de 2008 expresa de forma directa que la integridad sica, psíquica, moral y sexual,
particularmente es relevante para la población de este gremio en contextos de privación de libertad,
en donde son especialmente vulnerables a violencias de cualquier índole, comúnmente sexuales.
“El derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su
sexualidad, y su vida y orientación sexual. El Estado promoverá el acceso a los medios necesarios
para que estas decisiones se den en condiciones seguras.” (Constitución de la República del
Ecuador, 2008. Art. 66 inc.9)
Las garantías constitucionales para este grupo de personas como lo son la comunidad
LGBTIQ+, privadas de libertad en nuestro país, representan un avance que se puede considerar
significativo si hablamos solamente dentro del contexto legal de términos de reconocimiento de
derechos, ya que en la práctica todavía queda trabajo por hacer, en relación de obtener efectos pro
derecho.
Dentro del concepto de garantías constitucionales se nos resulta imprescindible comparar
las nuestras con la de otros países, es el ejemplo que, el marco legal y constitucional para personas
LGBTIQ+ privadas de libertad presenta grandes diferencias de índole significativas entre Ecuador
y Canadá. De acuerdo con Jácome (2021) argumenta que, Ecuador prohíbe la discriminación por
orientación sexual desde su Constitución del 2008, sin embargo, su aplicación práctica resulta
limitada.
En contraste, Canadá “cuenta con una carta de Derechos y Libertades que garantiza una
protección integral, reconociendo la identidad de género como categoría protegida desde 1985.”
(Departament of Justice Canada, 2021).
Los principales principios de alojamiento demuestran cierta fisura de naturaleza sustancial
entre ambos países. Aguirre (2023) argumenta que, el sistema penitenciario ecuatoriano mantiene
de cierta forma una clasificación binaria tradicional, con ausencia notables de protocolos
específicos para personas transgéneros.
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Canadá por su parte se ha caracterizado a nivel mundial por sus políticas y protocolos
penitenciarios tanto así que, “ha implementado una política de asignación basada en la identidad
de género auto declarada por el reo, realizando así una evaluación individual de riesgo y
necesidades de ubicación.” (Mallory, 2019, Pg. 876)
Ecuador mantiene un enfoque principalmente normativo, Canadá ha avanzado hacia una
implementación práctica de los derechos de las personas LGBTIQ+ en el sistema penitenciario.
Esta diferencia se refleja en la profundidad de las políticas, la sensibilidad institucional y el
reconocimiento efectivo de la diversidad sexual e identidad de género.
Vulneración de derechos de personas privadas de libertad en el Ecuador en relación con su
enfoque de género
La vulneración de derechos de las personas LGBTIQ+ en lo que respecta dentro del sistema
penitenciario ecuatoriano representa una problemática de carácter complejo y multidimensional.
Según con Martínez (2023) expresa que, la discriminación sistemática y por ende la violencia
contra esta población se ha aglomerado dentro de las instituciones carcelarias, surgiendo así un
ciclo de vulnerabilidad que afecta su dignidad y desarrollo. Dentro de un análisis exhaustivo sobre
la situación actual, Valencia y Rodríguez manifiestan lo siguiente:
La realidad de las personas del colectivo LGBTIQ+ en los centros penitenciarios
ecuatorianos refleja una triple vulneración: primero, por su condición de personas privadas
de libertad; segundo, por su condición de género u por su orientación sexual; y tercero, por
la ausencia clara de protocolos específicos que garanticen sus derechos fundamentales.
Esta interseccionalidad de vulnerabilidades genera cierto impacto de naturaleza
desproporcional a su bienestar físico y emocional, limitando de forma significativa sus
posibilidades de rehabilitación social. (Valencia y Rodríguez, 2022, Pg. 128)
De acuerdo con La Defensoría del Pueblo esta institución ha jugado un papel fundamental
en relación a la documentación y denuncias de vulneraciones de derechos de la población
LGBTIQ+ en centros de privación de libertad. “La institución ha desarrollado un rol protagónico
en la visibilización de problemáticas específicas que afectan a esta población vulnerable dentro del
sistema penitenciario.” (Morales, 2023, Pg. 34)
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En lo que respecta a la situación de personas LGBTIQ+ en prisión, dentro de su informe
especial de la defensoría del pueblo revela que:
Los dispositivos de protección implementados por el sistema penitenciario ecuatoriano
resultan insuficientes y, en muchos casos, inadecuados para garantizar los derechos
fundamentales de la población LGBTIQ+. Las investigaciones realizadas evidencian una
preocupante normalización de prácticas de carácter discriminatorias, mismas que van desde
la negación de servicios básicos hasta casos de violencia física y psicológica sistemática.
La ausencia de protocolos específicos y la deficiencia del personal penitenciario en
respecto a su capacitación agravan aún más la situación, creando un entorno que perpetúa
la vulnerabilidad de este grupo poblacional. (Defensoría del Pueblo, 2023, Pg. 45)
En relación de acuerdo a lo que expresa la defensoría del pueblo, es inminente y
preocupante a la vez lo que sucede hoy en día en las cárceles ecuatorianas, se ha demostrado una
vez más que la vulneración de derechos de este grupo de personas es latente no solo fuera de las
cárceles si no que dentro de ella es aún peor, debido al estigma social de que por si sufre esta
población al ser marginados dentro de la sociedad en libertad, ahora dentro de prisión se agrava de
forma exorbitante.
De acuerdo con esta problemática Torres y Mendoza (2023) argumentan que, los centros
de privación de libertad en Ecuador han demostrado inminentemente una incapacidad sistémica
grave para garantizar los derechos fundamentales de esta población por lo que se podría decir que
no solo se vulnera los derechos, sino que también reinciden varias veces en este tipo de violaciones
a sus derechos constitucionales.
La documentación de ciertos casos en específicos en donde se evidencia la vulneración de derechos
de personas pertenecientes a la comunidad LGBTIQ+ dentro del sistema penitenciario ecuatoriano
ha revelado patrones sistemáticos de discriminación y violencia. De acuerdo con Velasco (2023)
argumenta que, los casos que se han documentado representan tan solo una pequeña fracción de la
realidad esto a su vez considerando el alto nivel de su registro debido al temas de represalias y la
normalización de la violencia.
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El caso “Aurora N” como lo llamaremos mismo que fue documentado por la Defensora del Pueblo
ilustra la siguiente problemática:
Una mujer Transgénero misma que se encontraba privada de libertad dentro del centro de
rehabilitación social de Guayaquil, denunció múltiples vulneraciones a sus derechos
fundamentales durante el año 2021 y 2022. Entre los hechos s graves se destacan que se
reportó la negociación de su tratamiento hormonal amismo la obligación de utilizar
vestimenta masculina, el corte forzado de su cabello y el confinamiento dentro de un
pabellón masculino, esto pese a su identidad de género declarada. Las autoridades
penitenciarias justifican estas acciones alegando "razones de seguridad" y "protocolos estándar",
evidenciando la falta de comprensión sobre derechos de identidad de género. (Defensora del
Pueblo, 2022, Pg. 78)
Ahora bien dentro de este caso se evidencia la negligencia por parte del sistema penitenciario hacia
la identidad de género de una persona trans, al negarle el seguimiento de su tratamiento hormonal
se está vulnerando el derecho a la salud mismo derecho que es de índole constitucional y valga la
redundancia se encuentra expreso en nuestra carta magna, así mismo como la asignación dentro
del pabellón masculino del centro penitenciario teniendo en conocimiento los servidores que se
encontraban con un caso especial, al ser una mujer transgénero, teniendo todas sus cualidades de
naturaleza femenina fue tratada con un hombre más, obligándola a cortarse el cabello y a usar
prendas femeninas, mismas que van en contra de su naturaleza de identidad de género.
Así mismo se evidencia otro caso llamado “Colectivo Dignidad” en donde un grupo de personas
pertenecientes al colectivo LGBTIQ+ denunció la discriminación por orientación sexual de
acuerdo a este caso:
La sistemática negación de visitas íntimas a parejas del mismo sexo en el Centro de
Rehabilitación Social de Latacunga, evidenciando una discriminación directa basada en la
orientación sexual. Las autoridades penitenciarias argumentan la ausencia de protocolos
específicos para estas situaciones, perpetuando así la vulneración de derechos
fundamentales como la igualdad y la dignidad humana. (Mendoza & Torres, 2023, p. 156)
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De acuerdo con el caso ha estudio, se tiene en conocimiento que la discriminación bajo la
condición de orientación sexual aun esta predominante dentro del contexto social ecuatoriano en
general, aun así, más en sitios de reclusión como lo son los centros penitenciarios de nuestro país.
Cabe recalcar que el derecho a la visita de forma general incluye el ingreso de familiares y amigos,
el cual constituye un derecho fundamental para las personas privadas de libertad (PPL), teniendo
en consideración al igual que la visita de naturaleza conyugal la cual es realizada por parejas de
las y los reclusos, sin tomar en consideración el género de la visita conyugal, ya que lo socialmente
“correcto” se predomina la visita conyugal heterosexual y al existir casos de visitas conyugales
en donde son parejas del mismo sexo, los protocolos a aplicar son inexistentes o a la vez vacíos.
Propuestas de protección a personas privadas de libertad de la comunidad LGBTIQ+ con
enfoque de género.
De acuerdo con lo que se ha planteado la protección de las personas LGBTIQ+ dentro del contexto
penitenciario requiere un abordaje que sea más orgánico e integral, en donde se considere de cierta
manera las particularidades y por ende las necesidades específicas de esta población. De acuerdo
con Arrubia (2018) argumenta que, el reconocimiento de los derechos de la comunidad LGBTIQ+
privadas de libertad debe trascender de la mera formalidad normativa para así poder materializarse
en protocolos efectivos.
La atención médica especializada constituye uno de los pilares fundamentales en la
protección de los derechos. Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) establece que:
Los estados deben asegurar y garantizar que las personas miembros del colectivo
LGBITQ+ privadas de libertad tengan acceso a atención médica especializada, incluyendo
así terapias hormonales y otros tratamientos específicos para personas trans, de igual forma
como la atención psicológica que aborde las singularidades de su situación personal,
garantizando en todo momento la confidencialidad médico paciente, y el respeto a su
dignidad. (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2020, Pg. 89)
Por otra parte, la capacitación del personal penitenciario es una de las necesidades cruciales
para prevenir situaciones de violencia y discriminación. “La existencia de canales confidenciales
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y seguros para reportar situaciones de violencia o discriminación, junto con protocolos de
investigación que incorporen el enfoque de género, resultan esenciales para garantizar el acceso a
la justicia de las personas LGBTIQ+ privadas de libertad.” (Mendez, 2021, Pg. 156).
Estas propuestas de protocolos deben ser implementadas teniendo en consideración los estándares
internacionales de derechos humanos y a la vez adaptarse a las particularidades dentro del contexto
ecuatoriano, garantizando así un enfoque interseccional mismo que reconozca las múltiples
vulnerabilidades que puedan enfrentar las personas de esta comunidad en situación de privación
de libertad.
A consideración de lo tratado en líneas anteriores y a título personal puedo expresar que
no estaría demás tener en consideración algunas de las siguientes propuestas como lo son: La
separación y clasificación, misma que puede ayudar en el establecimiento de pabellones
específicos con condiciones seguras permitiendo la elección del pabellón según su identidad de
género. La atención de carácter integral es otra de ellas, en donde se pueda garantizar el acceso
médico, como lo son los tratamientos hormonales y el acceso a preservativos y tratamiento
retroviral para personas con VIH (Virus de Inmunodeficiencia Humana).
Y por último la implementación de un organismo interno de monitoreo, en donde será el encargado
de realizar inspecciones periódicas para evaluar la efectividad de las medidas implementadas y a
la vez recopilar datos sobre incidentes.
Discusión
La presente investigación revela deficiencias de carácter significativas en lo que se refiere a la
protección de derechos de las personas de la comunidad LGBTIQ+ dentro del sistema
penitenciario ecuatoriano. “las personas LGBTIQ+ privadas de libertad han experimentado algún
tipo de discriminación o violencia dentro de los centros penitenciarios” (Valencia, Rodríguez,
2023, Pg. 134)
Por otra parte, la Defensoría del Pueblo señala tres áreas críticas de la vulneración de los
derechos de esta comunidad:
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Los principales focos de la vulneración se encuentran en: a) la falta de protocolos
específicos para el tratamiento de personas transgéneros, b) la discriminación desde el
punto sistemático al acceso a servicios de salud especializados, y c) la ausencia de
mecanismos efectivos de denuncia y protección. Esta situación se impone por la persistente
invisibilización estadística y la normalización de prácticas discriminatorias dentro del
sistema penitenciario. (Defensoría del Pueblo, 2023, Pg.89)
La comparación con el sistema penitenciario canadiense destaca algunas de las brechas
más significativas dentro de la protección de derechos. Mientras que Canadá ha implementado
tanto protocolos como medidas específicas en relación a la protección efectiva de derechos,
Ecuador se ha mantenido en un enfoque generalista y ambiguo el cual no responde a las
necesidades particulares de la población LGBTIQ+ en prisión. Esta diferencia significativa se
materializa especialmente en el reconocimiento práctico de la identidad de nero y por ende en
la implementación de medidas de protección efectivas.
Los hallazgos indican que la falta de protocolos de carácter específicos para el tratamiento
de personas transgéneros constituye una de las deficiencias principales del sistema penitenciario
ecuatoriano. De acuerdo con Valencia - Rodriguez (2022) argumenta que, se ha documentado el
proporcional del 85% de las personas transgéneros privadas de libertad han sido asignadas a
centros penitenciarios en donde dentro de ellos son asignadas a pabellones que no coinciden con
su identidad de género, aumentando así su vulnerabilidad, violencia y discriminación.
Los resultados también evidencian deficiencias significativas en relación a la capacitación
del personal penitenciario. El estudio de Salazar (2023) indica que por lo menos el 30% del
personal penitenciario en Ecuador ha recibido formación específica en temas que involucran la
diversidad sexual y de género, lo que refleja así la persistencia de prácticas discriminatorias a nivel
institucional.
La invisibilización a nivel estadístico emerge como un problema transversal que dificulta
de forma directa la implementación de políticas públicas que sean efectivas. La ausencia de
registros oficiales de personas de la comunidad LGBTIQ en prisión impide dimensionar de forma
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adecuada la problemática y así evaluar el impacto de las medidas implementadas que se desarrolla
hoy en día en el sistema penitenciario.
Estos hallazgos señalan de forma tajante la urgente necesidad de una reforma a nivel
integral del sistema penitenciario en donde se contemple tanto los aspectos normativos como a la
vez los prácticos. La experiencia comparada con Canadá sugiere que la correcta implementación
de protocolos que sean específicos, combinados con programas de captación de forma continua y
mecanismos efectivos de monitoreo de control de derechos, puede contribuir significativamente a
la protección de los derechos de la población LGBTIQ+ en situación de privación de libertad en
nuestro país.
La propuesta de protocolos de protección para la población LGBTIQ+ en el sistema
penitenciario ecuatoriano enfrenta desafíos significativos en el contexto actual, donde la
confluencia de factores políticos, económicos y sociales crea un escenario particularmente adverso
para su implementación. La postura del actual gobierno, que busca eliminar a las personas privadas
de libertad de los grupos de atención prioritaria, representa no solo un retroceso en materia de
derechos humanos sino también un indicador preocupante de la dirección que podría tomar la
política penitenciaria en los próximos años.
El sistema penitenciario ecuatoriano atraviesa una de sus crisis más profundas,
caracterizada por el hacinamiento, la violencia endémica y la escasez crítica de recursos. En este
contexto, la implementación de protocolos específicos para la población LGBTIQ+ podría parecer
un objetivo secundario frente a las necesidades urgentes de seguridad y control. Sin embargo, es
precisamente en estos momentos de crisis cuando la protección de los grupos más vulnerables se
vuelve más crucial que nunca.
La realidad económica del país añade una capa adicional de complejidad al desafío. La
implementación efectiva de protocolos requiere inversión en infraestructura, capacitación y
personal especializado, recursos que son escasos en el contexto actual. No obstante, la falta de
recursos no puede ser una justificación para la inacción en materia de derechos humanos. Es
necesario buscar soluciones creativas y eficientes que permitan avanzar en la protección de
derechos incluso en contextos de restricción presupuestaria.
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El camino hacia la implementación efectiva de estos protocolos debe ser gradual pero
firme, aprovechando las oportunidades existentes y construyendo sobre las estructuras ya
establecidas. Es fundamental comenzar con medidas que no requieran grandes inversiones pero
que puedan tener un impacto significativo, como la capacitación del personal existente en temas
de diversidad y derechos humanos, el establecimiento de mecanismos de denuncia accesibles, y la
creación de alianzas con organizaciones de la sociedad civil que puedan apoyar en la
implementación y monitoreo de las medidas.
La actual postura gubernamental de endurecer las políticas penitenciarias y reducir las
protecciones a las personas privadas de libertad representa un obstáculo significativo, pero también
nos recuerda la importancia de mantener una vigilancia constante y una defensa activa de los
derechos humanos, especialmente en tiempos adversos. El verdadero desafío no es solo técnico o
presupuestario, sino principalmente político y social: mantener la protección de los derechos
humanos como una prioridad incluso cuando las tendencias políticas apuntan en la dirección
contraria.
Conclusiones
El sistema penitenciario ecuatoriano presenta singularidades en contexto de diferencias en
relación a la protección de derechos de personas LGBTIQ+ privadas de libertad. El 78%
de esta población ha experimentado violencia y discriminación, en áreas críticas como lo
son la falta de protocolos específicos, en el trato al acceso del sistema de salud al igual que
la falta de mecanismos efectivos de denuncia.
Existe una brecha sustancial marcada dentro la normativa constitucional y su
implementación práctica de ella misma. Mientras que La Constitución del año 2008
prohíbe directamente la discriminación por orientación sexual e identidad de género, en la
práctica penitenciaria estas garantías son intrascendentes, especialmente para personas
transgéneros.
La comparación con el sistema penitenciario canadiense expone diferencias abismales a
comparación con el sistema ecuatoriano. Canadá ha implementado la asignación de
pabellones a sus reclusos De acuerdo a una valoración psicológica y a su identidad de
género auto percibida, en contraste con ecuador que mantiene un enfoque machista y
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ortodoxo mismo el cual causa que no se respete las necesidades particulares de los reclusos
y reclusas perteneciente a la comunidad LGBTIQ+.
Se requiere una reforma urgente integral del sistema penitenciario que incluya aspectos
normativos y prácticos. Esto implica desarrollar protocolos específicos, implementar
programas de capacitación continua para el personal penitenciario, crear mecanismos de
monitoreo de derechos y garantizar un enfoque Interseccional que reconozca las múltiples
vulnerabilidades de esta población.
Referencias Bibliográficas
Human Rights Watch. (2023). World report 2023: Rights trends. New York: Human Rights Watch.
Waites, M. (2021). The Routledge research companion to sexualities in global perspective:
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Francisco David Villacís Mogrovejo
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