Período Julio - Diciembre 2025
Vol. 2 No. 2, pp 1 - 18
redarevista@gmail.com
ISSN: 3028-8959 DOI: https://doi.org/10.69583/reda.v2n2.2025.174
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Justicia ambiental y minería ilegal: Estudio jurídico sobre los
principios de igualdad y responsabilidad ambiental
Environmental justice and illegal mining: Legal study on the
principles of equality and environmental responsibility
- Recibido: 2025/09/04 - Aprobado: 2025/10/08 - Publicado: 2025/10/22
Kellerman Damian Cifuentes Rubio
Universidad Tecnológica Indoamérica, Ambato, Ecuador
kcifuentes@indoamerica.edu.uti.ec
https://orcid.org/0009-0008-5744-5023
Ricardo Salazar Orozco
Universidad Tecnológica Indoamérica, Ambato, Ecuador
ricardosalazar@uti.edu.ec
https://orcid.org/0000-0003-0991-4063
Resumen
Diversos estudios han demostrado que la minería ilegal ha generado impactos ambientales severos,
tales como la contaminación de cuerpos de agua, la deforestación y la degradación del suelo, lo
cual afecta negativamente a las comunidades locales, demostrando así que en Ecuador, esta
problemática se ha intensificado particularmente en las regiones amazónicas, por ello, la presente
investigación se enfoca en el caso de Napo, con el objetivo de examinar la responsabilidad jurídica
ante las desigualdades ambientales y el rol de la comunidad en defensa de sus derechos. Se empleó
un método analítico basado en la revisión bibliográfica y un análisis documental, lo que permitió
examinar normas jurídicas nacionales como el Código Orgánico Integral Penal y la Ley Minera.
Los hallazgos permiten evidenciar que, a pesar de las sanciones establecidas por el marco legal
contra la minería ilegal, en Napo no se ha garantizado su aplicación efectiva. Para finalizar esta
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situación refleja el incumplimiento sistemático de la Constitución, COIP y la Ley Minera, lo cual
perpetúa la impunidad frente a delitos ambientales, intensificando los daños ecológicos y las
afectaciones a los derechos de las comunidades locales. Esta investigación tiene como propuesta
reforzar la responsabilidad objetiva y reparación integral en la minería ilegal.
Palabras clave: desigualdad ambiental, contaminación, justicia restaurativa ambiental,
responsabilidad jurídica
Abstract
Various studies have shown that illegal mining has caused severe environmental impacts, such as
water pollution, deforestation, and soil degradation, all of which negatively affect local
communities, clearly demonstrating that in Ecuador, this problem has become particularly acute
in the Amazon regions. For this reason, the present research focuses on the case of Napo, aiming
to examine legal responsibility in the face of environmental inequalities and the role of the
community in defending its rights. An analytical method was employed, based on bibliographic
review and documentary analysis, which enabled the examination of national legal frameworks
such as the Organic Integral Penal Code (COIP) and the Mining Law. The findings reveal that,
despite the sanctions established by the legal framework against illegal mining, their effective
enforcement in Napo has not been guaranteed. Ultimately, the situation reflects the systematic
non-compliance with the Constitution, COIP, and the Mining Law, which perpetuates impunity
for environmental crimes and exacerbates ecological damage and violating community rights.
Keywords: environmental inequality, pollution, environmental justice, legal responsibility
Introducción
La minería ilegal en el Ecuador representa una amenaza creciente para los ecosistemas, los
derechos humanos y la estabilidad jurídica, particularmente en la región amazónica, desarrollada
al margen de los controles estatales, ha generado graves afectaciones ambientales como la
contaminación de fuentes hídricas, deforestación acelerada y pérdida de biodiversidad, así mismo,
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ha impactado de forma desproporcionada a comunidades indígenas y campesinas, vulnerando
principios constitucionales de igualdad y justicia ambiental, pese a que el ordenamiento jurídico
ecuatoriano reconoce los derechos de la naturaleza y de las comunidades, además, contempla
sanciones en el ámbito penal para delitos ambientales, la aplicación de estas normas ha sido
limitada. La falta de articulación entre instituciones, la escasa presencia estatal en zonas afectadas
y la débil ejecución judicial permiten que estas actividades ilícitas persistan sin sanción ni
reparación efectiva.
Al transcurrir del tiempo la problemática se agrava por la desigualdad ambiental que genera:
poblaciones históricamente excluidas enfrentan los impactos sin mecanismos efectivos de defensa
o compensación, cabe mencionar que esta situación vulnera el principio de igualdad ambiental,
entendido como la distribución equitativa de cargas y beneficios ecológicos (Acosta, 2011), y el
principio de responsabilidad ambiental, que exige la identificación y sanción de quienes ocasionan
daños a la naturaleza y la integridad y buen vivir de las personas.
Estudios recientes han evidenciado estas limitaciones, como el que realizó la Fundación
Pachamama (2021) advierte sobre la expansión descontrolada de la minería ilegal en territorios
amazónicos, a su vez, Villavicencio y Álvarez (2020) destacan la falta de peritajes técnicos, la
debilidad judicial y la ausencia de políticas de reparación integral, a pesar de que la Corte
Constitucional ha emitido fallos relevantes sobre los derechos ambientales, estos aún no se
traducen en transformaciones estructurales.
A pesar de la existencia de estudios sobre los impactos ambientales y las fallas institucionales,
son escasos los trabajos que analizan esta problemática desde una perspectiva jurídica centrada en
los principios constitucionales de igualdad y responsabilidad ambiental. Esta ausencia de
articulación entre lo jurídico y lo socioambiental limita la comprensión del fenómeno y la
formulación de respuestas más eficaces.
El objetivo de esta investigación es analizar cómo las prácticas de minería ilegal en el Ecuador
vulneran los principios comunitarios y la responsabilidad ambiental, así como identificar los
obstáculos normativos e institucionales que dificultan una respuesta jurídica efectiva. En este
sentido, el estudio se justifica por la necesidad urgente de examinar críticamente la eficacia del
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sistema jurídico frente a los impactos de la minería ilegal, abordando este fenómeno desde los
principios mencionados, permitiendo no solo analizar sus dimensiones legales, sino también
visualizar las desigualdades estructurales que genera.
Desarrollo
2.1. Marco teórico o conceptual
2.1.1. Fundamentos de la Justicia ambiental
La justicia ambiental, aunque no constituye un principio, se ha consolidado como un enfoque
según el cual todas las personas tienen derecho a un ambiente sano y a participar equitativamente
en las decisiones que afectan su entorno, sin sufrir cargas ambientales desproporcionadas por
razones de origen étnico, condición social o ubicación geográfica.
En el ámbito jurídico ecuatoriano, este enfoque se vincula con los derechos fundamentales,
colectivos y los derechos de la naturaleza, que a través del Sumak Kawsay, reconocido en la
Constitución de la República, se promueve una visión integral del bienestar que incluye la
protección ambiental, la equidad y la participación social, es aque en este sentido la Justicia
Ambiental busca corregir desigualdades estructurales en el acceso, uso y control de los recursos
naturales.
Para Mong B. y Burker F. (2024):
La perspectiva sociológica de los delitos ambientales también aborda la cuestión de la
justicia ambiental. Este concepto se refiere a la distribución desigual de los impactos
ambientales negativos y la falta de acceso equitativo a los recursos naturales y a la toma de
decisiones relacionadas con el medio ambiente (p.172).
Sin embargo, la justicia ambiental ha sido concebida como un enfoque interpretativo que
vincula el respeto a los derechos de la naturaleza con la necesidad de prevenir, sancionar y reparar
integralmente los daños provocados por la minería ilegal (Herrera, 2023).
Autores como Mong y Burker (2020) abordan la justicia ambiental desde un enfoque
sociológico, destacando la necesidad de una conciencia colectiva y una visión integral del
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problema. Por otra parte, otros estudios advierten que la impunidad frente a delitos ambientales
persiste debido a la falta de especialización técnica y jurídica de jueces y fiscales (Villavicencio &
Álvares, 2020).
2.1.2. Responsabilidad Jurídica por Daño Ambiental
La responsabilidad por daño ambiental ha evolucionado como respuesta a las crecientes crisis
ecológicas globales, adoptando un enfoque que prioriza la prevención, la reparación integral y el
reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos, tal como lo reconoce la Constitución del
Ecuador, este modelo supera la lógica tradicional centrada únicamente en sanciones económicas,
al incorporar la restauración de los ecosistemas afectados y la compensación a las comunidades
impactadas. Desde la doctrina ambiental, se sostiene que esta responsabilidad debe ser objetiva, lo
que implica que se activa por el solo hecho de producirse un daño ambiental, sin necesidad de
probar dolo o culpa.
Desde una perspectiva penal, aunque la Constitución del Ecuador reconoce los derechos de la
naturaleza y el Código Orgánico Integral Penal establece sanciones frente a delitos ambientales,
mientras no exista un control efectivo ni una aplicación rigurosa de estas normas, las prácticas de
minería ilegal continuarán reproduciéndose (Ordoñez, L. et al., 2021), sin embargo, para Herrera
H. (2023): Se subraya la necesidad de aplicar el concepto de reparación integral, que incluye la
restauración de ecosistemas, compensación a comunidades afectadas y prevención de futuros
daños” (p.1178).
Inicialmente, los daños ambientales se trataban desde el derecho civil, limitándose a la
indemnización de perjuicios a personas o propiedades, sin embargo, con el avance de conflictos
como la minería ilegal, han surgido nuevas teorías y corrientes doctrinarias que van desde enfoques
legales clásicos hasta posturas críticas y étnico ambientales, en la siguiente tabla se resume algunas
de estas perspectivas.
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Tabla 1
Teoría y Corrientes doctrinarias sobre la minería ilegal y justicia ambiental
Teoría general
Teoría del riesgo (UE y Latinoamérica)
Basta demostrar el nexo causal entre la actividad y el daño (López M.
et al., 2023). En Colombia, el Estado es responsable por omisión en
controlar la minería ilegal, incluso sin culpa directa.
Corrientes doctrinarias
Ecologismo Jurídico
Esta corriente propone sanciones penales a la naturaleza misma de los
actos, como en el caso de Zaruma, donde los socavones son crímenes
contra la Tierra (Montes M. 2024).
Crítica al punitivismo
En la ciudad de Arequipa, Perú, las exenciones penales a mineros
formalizados bajo el REINFO generan impunidad encubierta
cuestionando la eficacia de las sanciones (Argote M. 2023).
Nota. Elaboración propia según teorías generales basada en López et al. (2023), Montes (2024), Argote (2023).
Cifuentes, 2025
Diversos autores coinciden en que la responsabilidad jurídica por daño ambiental en contextos
de minería ilegal se ve debilitada por la ineficaz aplicación de la normativa vigente lo que genera
impunidad y favorece la continuidad de estas prácticas (Habid et al., 2022; Ordoñez et al., 2021;
Yampara, 2023; López et al., 2023), esta omisión estatal, al no garantizar control ni sanciones
efectivas, implica una forma de responsabilidad por inacción, además, se destaca la necesidad de
aplicar el principio de reparación integral, que exige no solo restaurar el ecosistema, sino también
compensar a las comunidades afectadas (Herrera, 2023; Vaca et al., 2025).
2.1.3. Asimetrías Ambientales y Grupos Vulnerables
Las asimetrías ambientales hacen referencia a la forma en que los daños ecológicos afectan con
mayor intensidad a ciertos grupos sociales, comunidades indígenas, rurales o poblaciones
históricamente excluidas suelen ser las más expuestas a los efectos negativos de la degradación
ambiental, mientras otros sectores se benefician de las actividades extractivas, esta figura
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evidencia como el derecho ambiental muchas veces no logra proteger a todos por igual, generando
situaciones de injusticia ambiental (Bolados P. et al., 2021).
El derecho ambiental ha sido insuficiente para corregir estas asimetrías, perpetuando injusticias
ambientales que contradicen los principios de equidad y sostenibilidad, por ello, se vuelve
necesario adoptar enfoques interseccionales y de justicia distributiva que contemplen una
protección diferenciada y eficaz para los grupos vulnerables en consecuencia estos enfoques no
solo reconocen su mayor exposición al daño ambiental, sino que también garantizan su derecho a
participar y tomar decisiones sobre el uso de sus territorios, fortaleciendo a los planos
distributivos, procedimental y de reconocimiento en la gobernanza ambiental (Leach et al., 2018;
Schlosberg, 2013).
Esta problemática adquiere dimensiones más críticas en contextos como el de Yutzupino, Napo
donde la minería ilegal no solo provoca daños ambientales irreparables, sino que también se
vincula dinámicas ilícitas como el narcotráfico, que desplazan y marginalizan aún s a las
comunidades indígenas (El Universo, 2022; Fundación Pachamama, 2021), además, para Bonilla,
M. (2023) “La minería ilegal en Puerto Napo se vincula a narcotráfico, desplazando a comunidades
indígenas y perpetuando su marginalización” (p.9).
Esta situación refleja una fractura estructural en el sistema jurídico ecuatoriano, donde las
garantías constitucionales se ven debilitadas por la falta de acción estatal efectiva, la débil
fiscalización ambiental y la exclusión de las comunidades en la toma de decisiones que afectan
directamente su territorio y su modo de vida (Vaca, P. et al. 2025).
Las principales teorías sobre asimetrías ambientales y grupos vulnerables han evolucionado
desde enfoques tradicionales hacia perspectivas críticas que integran dimensiones sociales,
económicas y culturales, en este sentido, la teoría de Justicia Ambiental, desarrollada por autores
como Bolados, P. et al., (2023), sostiene que los impactos ecológicos se distribuyen desigualmente,
afectando principalmente a comunidades marginadas, como se evidencia en las zonas de sacrificio
chilenas donde el desarrollo industrial se impone sobre la salud de las poblaciones locales.
Las corrientes analizadas coinciden en que reconocer a la naturaleza como sujeto de los
derechos constituye un avance esencial para fortalecer la protección ambiental, sin embargo,
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persiste profundas desigualdades, ya que los impactos negativos recaen principalmente sobre
comunidades vulnerables, donde se reflejan asimetrías ambientales y estructurales, agravadas por
la acción estatal y la falta de fiscalización efectiva.
Marco normativo
3.1. Normativa internacional
3.1.1. Tratados Y Convenios Internacionales
En el marco de derecho internacional, Ecuador ha ratificado diversos tratados y convenios que
refuerzan la lucha contra la minería ilegal y promueven la protección de los ecosistemas, siendo
así uno de los más sobresalientes el Acuerdo de Escazú (2018), que garantiza el acceso a la
información ambiental, la participación pública en los procesos de toma de decisiones y el acceso
a la justicia ambiental. Estas herramientas fortalecen el control social y la exigencia de
responsabilidades frente a actividades extractivas ilegales, permitiendo que las comunidades
afectadas actúen ante vulneraciones ambientales graves (CEPAL, 2018).
Asimismo, el Convenio de Minamata sobre el Mercurio (2013), vigente en Ecuador desde 2019,
establece medidas concretas para reducir y eliminar el uso de mercurio, especialmente en la
minería artesanal y de pequeña escala, por lo que esta sustancia, altamente contaminante, se utiliza
de forma intensiva en operaciones mineras ilegales, generando daños irreversibles a los
ecosistemas y a la salud humana (PNUMA, 2013), en consecuencia, la implementación de este
convenio ha permitido establecer controles técnicos y normativos que contribuyen a la prevención
de dichos efectos nocivos.
Por último, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (1992), también ratificado por Ecuador,
tiene como objetivo la conservación de la diversidad biológica, el uso sostenible de sus
componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de su utilización. En
contextos marcados por la minería ilegal, este tratado adquiere especial relevancia al impulsar
políticas que protegen ecosistemas vulnerables, como los bosques tropicales y las fuentes hídricas
en territorios indígenas (CDB, 1992).
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En conjunto, estos instrumentos internacionales no solo respaldan la legislación ambiental
ecuatoriana, sino que también ofrecen marcos de acción concretos para enfrentar las amenazas
derivadas de la minería ilegal, desde un enfoque de justicia ambiental, salud pública y conservación
de la biodiversidad.
3.1.2. Declaraciones y principios internacionales
La Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992) representa uno de los
instrumentos más influyentes en la consolidación de principios rectores del derecho ambiental,
entre ellos, el Principio 10 establece que el acceso a la información, la participación pública y el
acceso a la justicia deben garantizarse como derechos fundamentales, particularmente en
actividades de alto impacto como la minería ilegal. Este enfoque se articula directamente con los
compromisos asumidos por Ecuador en el Acuerdo de Escazú, reforzando el protagonismo
ciudadano en la defensa del entorno natural.
De igual manera, resulta fundamental el principio de precaución, el cual indica que, ante la
posibilidad de un daño grave o irreversible al ambiente, la falta de certeza científica no debe ser
pretexto para postergar acciones eficaces, en este sentido, dicho principio cobra especial relevancia
en contextos de minería ilegal, ya que permite actuar de forma preventiva incluso frente a indicios
de afectación, fortaleciendo así un enfoque proactivo en la política ambiental.
Por otra parte, el principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas plantea que, si bien
todos los Estados tienen un deber compartido en la protección ambiental, aquellos con mayores
capacidades técnicas y económicas deben asumir un papel s activo. En el caso ecuatoriano, este
principio se traduce en la necesidad de promover una corresponsabilidad internacional,
especialmente cuando se trata de impactos transfronterizos generados por la minería ilegal, como
la contaminación de ríos amazónicos que afectan ecosistemas y comunidades más allá de las
fronteras nacionales.
En definitiva, estos principios no solo orientan el desarrollo normativo global, sino que también
proporcionan una base ética y jurídica clave para fortalecer la gobernanza ambiental en Ecuador,
particularmente frente a los desafíos que plantea la minería ilegal.
3.1.3. Normas sobre derechos humanos y pueblos indígenas
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Instrumentos como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas (2007) y el Convenio 169 de la OIT obligan a consultar de forma previa, libre e
informada a las comunidades sobre proyectos que afectan sus territorios, además, la jurisprudencia
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha ratificado el vínculo entre el medio ambiente
sano y derechos como la salud, la vida y la alimentación (CIDH, 2017).
3.2. Normativa constitucional ecuatoriana
3.2.1. Principios y derechos ambientales
Los artículos 71 a 74 de la Constitución consagran los derechos de la naturaleza, reconociéndola
como sujeto de derechos y garantizando su restauración en caso de daño, de la misma manera, el
Artículo 395 establece el principio de prevención y la obligación estatal de evitar actividades que
causen degradación ambiental, en este sentido, estos mandatos constitucionales sientan las bases
jurídicas para la exigencia de control, fiscalización y sanción de prácticas como la minería ilegal.
3.2.2. Principio de igualdad y no discriminación
El Artículo 11.2 de la Constitución reconoce el principio de Igualdad ante la ley, prohibiendo toda
forma de discriminación, incluso por condiciones territoriales o étnicas, muy relevante en
contextos de vulnerabilidad socioambiental, por lo que, este principio resulta especialmente
relevante en contextos de vulnerabilidad socioambiental, donde comunidades rurales e indígenas
enfrentan impactos desproporcionados causados por actividades como la minería ilegal, además,
la igualdad no se limita a un trato idéntico, sino más bien exige medidas diferenciadas que
garanticen equidad sustantiva.
3.2.3. Principio de responsabilidad ambiental y estatal
El artículo 11, numeral 9, de la Constitución del Ecuador consagra la obligación de reparar
integralmente todo daño causado, mientras que el artículo 396 establece que toda persona o entidad
responsable de contaminación debe asumir los costos de la reparación, estas disposiciones son
aplicables a los casos de minería ilegal, al imponer una responsabilidad directa sobre quienes
generan afectaciones ambientales.
3.2.4. Derechos colectivos
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La Constitución del Ecuador, en el artículo 57, reconoce los derechos colectivos de los pueblos y
nacionalidades indígenas, entre ellos el derecho a conservar la propiedad imprescriptible de sus
territorios ancestrales y a ser consultados de forma previa, libre e informada sobre cualquier
actividad que pueda afectarles. Estos derechos son fundamentales para garantizar su
autodeterminación, preservar su identidad cultural y proteger sus medios de vida frente a amenazas
como la minería ilegal.
3.3. Normativa legal ordinaria
3.3.1. Código orgánico del ambiente (coa)
El COA establece principios de prevención, precaución y reparación, en este sentido en su Art. 7
se reafirma el derecho al ambiente sano, y en su Art. 327 y siguientes se establecen los
procedimientos de responsabilidad administrativa ambiental, incluyendo sanciones por daños
causados por la minería ilegal (Asamblea Nacional, 2018).
3.3.2. Ley de minería y su reglamento
La Ley de Minería (2009) regula el aprovechamiento de recursos minerales en el territorio
ecuatoriano y establece que toda actividad minera requiere una licencia ambiental previa, en
consecuencia, aquellas actividades que se desarrollen sin dicha autorización se consideran ilegales
y deben ser sancionadas conforme al marco normativo vigente, así mismo, su reglamento
complementario refuerza esta exigencia mediante incorporación de mecanismos de control,
fiscalización y procedimientos de remediación ambiental.
3.3.3. Código Orgánico Integral Penal (COIP)
El COIP tipifica la minería ilegal como delito en el Art. 260, imponiendo penas hasta de 7 años de
prisión contra los causantes, además, en los Arts. 245 a 247, sanciona los delitos contra el medio
ambiente, incluyendo la contaminación de cuerpos de agua y destrucción de ecosistemas y otros
actos que comprometan la integridad del entorno natural, es así que, estas disposiciones reflejan el
compromiso del ordenamiento jurídico penal ecuatoriano con la protección ambiental y la
prevención de daños ecológicos severos.
3.3.4. Ley orgánica de recursos hídricos
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Esta ley (2014), tiene como eje central la protección integral del recurso hídrico y prohíbe
expresamente la contaminación de fuentes de agua, situación que se presenta con frecuencia en
contextos de minería ilegal, en este sentido, el articulo 3 reconoce y garantiza el derecho humano
al agua, estableciendo sanciones especificas ante su afectación, de esta forma, se refuerza el deber
del Estado de prevenir y sancionar cualquier actividad que comprometa la calidad o disponibilidad
de este recurso vital.
3.4. Normativa secundaria y administrativa
3.4.1. Reglamentos y resoluciones técnicas
La Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables, como
entidad técnica responsable de supervisar las actividades mineras, ha emitido instrumentos
normativos como resoluciones y protocolos operativos que fortalecen la fiscalización y sanción de
prácticas extractivas ilegales, entre ellas destaca la Resolución ARCOM No.2017-013, que
autoriza la ejecución de operativos de control en zonas con actividad minera no autorizada,
estableciendo procedimientos de coordinación interinstitucional y uso de herramientas técnicas
para el levantamiento de evidencias y clausura de operaciones.
3.4.2. Políticas públicas y planes técnicos
El Plan Nacional de Desarrollo Minero 2020 2030 aprobado mediante Acuerdo Ministerial No.
MEM-2020-0004-AM, constituye un instrumento estratégico del Estado ecuatoriano que busca
alinear el desarrollo minero con principios de sostenibilidad, inclusión social y respeto ambiental,
en este sentido, el plan no solo promueve la minería legal y responsable, sino que también establece
metas claras para la prevención, control y erradicación de la minería ilegal, mediante la articulación
de políticas de seguridad, fiscalización, regularización de pequeños mineros, y restauración de
zonas degradadas.
3.5. Jurisprudencia relevante
3.5.1. Sentencias de la corte constitucional relacionadas con la justicia ambiental, minería
ilegal o derechos de la naturaleza
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Las decisiones de la Corte Constitucional permiten identificar el criterio jurídico vigente sobre la
protección ambiental y la minería ilegal, estas sentencias reflejan cómo se aplican los derechos de
la naturaleza, la participación comunitaria y la responsabilidad estatal en contextos extractivos.
Tabla 2
Jurisprudencia relevante sobre minería ilegal en Ecuador
Hecho relevante
Principio jurídico
aplicado
Aporte jurisprudencial
Se omitió la consulta
previa a comunidades
indígenas ante un
proyecto extractivo.
Derecho a la
autodeterminació
n; consulta previa.
Establece que la omisión de la consulta
constituye una violación constitucional,
causa de inconstitucionalidad.
El Estado no previno
daños ambientales
ocasionados por minería
ilegal.
Responsabilidad
objetiva; deber de
vigilancia.
Reconoce la responsabilidad estatal,
incluso sin culpa directa, por no evitar
daños al medio ambiente.
Minería ilegal causó
daños a la naturaleza y
fuentes de agua.
Derechos de la
naturaleza;
reparación
integral.
La Corte ordenó la restauración de los
ecosistemas afectados y calificó el daño
como constitucionalmente reprochable.
Nota. Elaboración propia a partir de sentencias de la Corte Constitucional del Ecuador. Cifuentes, 2025
3.5.2. Criterios de interpretación de los principios de igualdad y responsabilidad ambiental
en el contexto de conflictos socioambientales
La Corte Constitucional del Ecuador ha desarrollado criterios interpretativos que refuerzan la
aplicación de los principios de igualdad y responsabilidad ambiental en contextos de conflicto
socioambiental. En la Sentencia No. 1149-19-JP/21, la Corte reconoció la vulneración de los
derechos de la naturaleza en el Bosque Protector Los Cedros y ordenó su restauración integral,
reafirmando así el deber estatal de prevenir y reparar daños ambientales, incluso sin mediar culpa
directa, conforme al principio de responsabilidad objetiva. Por su parte, en la Sentencia No. 253-
20-JH/22, al reconocer a la mona chorongo “Estrellita” como sujeto de derechos, amplió el alcance
del principio de igualdad, extendiéndolo a otras formas de vida, lo que refleja una visión más
inclusiva del derecho ambiental y refuerza el deber estatal de protección frente a todas las
expresiones de la naturaleza.
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Este desarrollo jurisprudencial evidencia un giro progresivo en la interpretación constitucional
ecuatoriana, donde los principios de igualdad y responsabilidad ambiental no solo se aplican entre
seres humanos, sino que se proyectan hacia la naturaleza como sujeto de derechos. Esta perspectiva
fortalece una justicia ambiental integral, al reconocer la interdependencia entre comunidades
humanas y ecosistemas, y exige del Estado un compromiso más riguroso con la protección
ambiental.
Resultados y Discusión
A partir del análisis realizado, esta investigación demuestra que la minería ilegal en Ecuador
vulnera directamente los principios constitucionales de igualdad y responsabilidad ambiental, en
este sentido, la revisión bibliográfica evidencia un consenso respecto al incumplimiento del Art.
71 de la Constitución, que reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos, aunque el marco legal
a través del Código Orgánico Integral Penal (COIP, Art. 247) y del Código Orgánico del Ambiente,
contempla sanciones específicas, su débil aplicación ha perpetuado la impunidad y ha afectado de
manera desproporcionada a comunidades rurales e indígenas.
El objetivo general de esta investigación es analizar cómo las prácticas de minería ilegal en
Ecuador transgreden los principios mencionados e identificar los principales obstáculos
normativos e institucionales que dificultan una respuesta jurídica efectiva, en efecto, los hallazgos
muestran una clara brecha entre la legislación ambiental y su implementación, especialmente en
contextos de alta conflictividad territorial, en concordancia, autores como Herrera Avilés (2023) y
Montes (2024) coinciden en que, pese al reconocimiento constitucional de los derechos de la
naturaleza (Arts. 71-74) y a las sanciones penales del COIP (Art. 247), estos instrumentos no han
logrado frenar el avance de la minería ilegal ni garantizar justicia ambiental, por su parte, Vaca et
al., (2022) y Ordóñez et al., (2021) destacan la falta de consulta previa, la debilidad institucional
y la inoperancia del Estado como causas estructurales de estas vulneraciones, lo que refuerza la
idea de que el problema no radica únicamente en la ausencia de normas, sino en la incapacidad del
Estado para aplicarlas con equidad.
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En contraste, Argote Ccasani (2023) argumenta que, más allá de la debilidad institucional, en
Ecuador ciertos procesos de regularización minera han contribuido a legitimar prácticas ilegales
bajo una apariencia de legalidad, sin embargo, esta postura cuestiona la eficacia del marco legal
vigente, sugiere revisar críticamente los modelos de formalización minera. De forma
complementaria, Bolados et al., (2021) y Mong & Barker (2024) abordan el fenómeno desde una
perspectiva estructural, al señalar que las comunidades más afectadas suelen ser históricamente
marginadas, lo cual refuerza la noción de desigualdades o asimetrías ambientales.
En síntesis, los resultados de esta investigación confirman que la minería ilegal vulnera los
principios jurídicos de igualdad y responsabilidad ambiental, exponiendo que, la falta de control,
fiscalización efectiva, participación comunitaria y mecanismos de reparación son factores que
agravan esta problemática. A pesar de que, las posturas doctrinales revisadas comparten el
diagnóstico general, difieren en cuanto a las soluciones, lo cual enriquece el debate académico y
evidencia la necesidad de fortalecer el sistema jurídico ecuatoriano frente a los desafíos
socioambientales actuales.
Conclusiones
Este estudio confirma que la minería ilegal en Ecuador constituye una grave amenaza para los
derechos ambientales y colectivos reconocidos en la Constitución, a pesar de contar con un marco
normativo robusto como la Constitución de 2008 (Arts. 71-74), el Código Orgánico Integral Penal
(Art. 260) y el Código Orgánico del Ambiente, su aplicación práctica ha sido bil, fragmentada
y poco articulada entre instituciones. Los principales hallazgos revelan que la minería ilegal
produce daños ecológicos irreversibles, entre ellos, la contaminación de fuentes de agua como se
ha documentado en Yutzupino, la deforestación acelerada y la pérdida de biodiversidad crítica,
estas afectaciones vulneran directamente los derechos de la naturaleza y el principio del Buen
Vivir, además, se evidencia una omisión sistemática del Estado, reflejada en operativos ineficaces,
escasa fiscalización y una aplicación inconsistente de sanciones, lo que ha permitido que estas
actividades persistan sin consecuencias jurídicas efectivas.
Período Julio - Diciembre 2025
Vol. 2 No. 2, pp 1 - 18
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ISSN: 3028-8959 DOI: https://doi.org/10.69583/reda.v2n2.2025.174
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La importancia de estos resultados radica en que visibilizan una desconexión crítica entre el
reconocimiento legal de los derechos y su implementación real, configurando un escenario de
injusticia ambiental estructural, en este contexto, las comunidades rurales e indígenas ubicadas en
zonas de extracción ilegal enfrentan desproporcionadamente los impactos ambientales y de salud,
sin contar con mecanismos adecuados de protección o reparación, como lo señalan informes de la
Defensoría del Pueblo y organizaciones ambientales.
En cuanto a las implicaciones futuras, se requiere el fortalecimiento de la capacidad operativa
del Estado, una coordinación efectiva entre entidades de control, y una revisión crítica de los
procesos de regularización minera implementados en el país, los cuales han sido utilizados para
encubrir y legitimar prácticas ilegales bajo apariencias de formalización. Asimismo, es necesario
que se apliquen sanciones ejemplares y se garantice la reparación integral de los daños, a fin de
consolidar una gobernanza ambiental efectiva y justa.
A pesar de que Ecuador cuenta con un marco normativo robusto (Constitución 2008, COIP,
Código Orgánico del Ambiente) que reconoce los derechos de la naturaleza y establece sanciones
contra la minería ilegal, existe una desconexión crítica entre el reconocimiento legal y su
implementación real. La aplicación práctica ha sido débil, fragmentada y poco articulada entre
instituciones, lo que perpetúa la impunidad.
Las comunidades rurales e indígenas enfrentan desproporcionadamente los impactos de la
minería ilegal, configurando un escenario de asimetrías ambientales. Estas poblaciones
históricamente marginadas carecen de mecanismos adecuados de protección o reparación,
evidenciando una violación sistemática del principio constitucional de igualdad ambiental.
Se identifica una responsabilidad estatal por inacción, reflejada en operativos ineficaces, escasa
fiscalización y aplicación inconsistente de sanciones. La falta de presencia estatal efectiva, la débil
coordinación interinstitucional y la ausencia de control riguroso han permitido que las actividades
ilegales persistan sin consecuencias jurídicas reales.
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Copyright (2025) © Kellerman Damian Cifuentes Rubio, Ricardo Salazar Orozco
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